
Después de varios meses de retraso, finalmente el Gobierno aprobó el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, con el que se pretende facilitar el acceso a la vivienda a los sectores más desfavorecidos, además de promover la rehabilitación de edificios. Veamos sus condiciones generales y a quien van dirigidas.
La subvención está destinada únicamente a jóvenes menores de 35 años cuyos ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar por tres el IPREM (22.558 euros) o por cuatro (30.078 euros anuales) en caso de las familias numerosas. La ayuda será del 20% del precio de la casa, con un límite de 10.800 euros. Las condiciones generales para optar a estas subvenciones son los siguientes:
• La vivienda que se adquiera no podrá superar los 100.000 euros de precio total.
• La vivienda deberá ser la residencia habitual.
• El beneficiario no puede tener otra propiedad inmobiliaria.
• La vivienda debe encontrarse en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
De los 105 municipios de la provincia de Sevilla, 43 tienen menos de 5.000 habitantes, según datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2017. Se reparten entre la Sierra Sur y la Sierra Norte. A estos se les suman algunos municipios del Aljarafe (como Albaida del Aljarafe, Castilleja del Campo, Huévar del Aljarafe o Villamanrique), la Vía de la Plata (como Almadén de la Plata y El Castillo de las Guardas), así como Alcolea del Río, Villanueva del Río y Minas, El Coronil o La Luisiana.
La condición general para poder solicitar la ayuda es que la vivienda arrendada se utilice como residencia habitual. Está destinada a:
• Menores de 35 años cuyos ingresos anuales no superen la cantidad resultante de multiplicar por tres el IPREM. El precio del alquiler no puede superar los 600 euros mensuales. El límite de la ayuda será el 50% de la renta mensual, excepto si viven en las zonas de alta demanda y su alquiler llega hasta los 900 euros, ya que entonces el límite se reduce al 30%.
• A quienes tengan entre 35 y 65 años, se les exigen las mismas condiciones que a los menores de 35, pero se reduce el límite de las ayudas al 40% de la renta mensual del alquiler.
• Mayores de 65 años que cumplan los mismos requisitos de los menores de 35 años y, además, que su patrimonio no supere los 100.000 euros. La cuantía de las ayudas también es la misma que las de los menores de 35 años.
• Aquellas personas que se hayan visto afectadas por un desahucio y alquilen una vivienda con un precio máximo mensual de 400 euros pueden acceder a ayudas de hasta 400 euros, por tanto, llegan a ser del 100% de la renta.
La condición general es que sean inmuebles construidos antes de 1996 y que supongan una mejora del aprovechamiento térmico (reforma de la envolvente, aislamientos, etc.) o una protección frente al ruido y la contaminación interior.
El límite de la ayuda se fija en el 40% del presupuesto de la obra. La cuantía de la ayuda será como máximo de 8.000 euros por cada piso de un edificio residencial. En caso de ser una casa unifamiliar será 12.000 euros. Si los propietarios son discapacitados, mayores de 65 años o sus ingresos son inferiores a tres veces el IPREM, el límite asciende hasta el 75%.
¡Hola! Mi nombre Victor Deco de Castro y llevo mas de 25 años en este sector. Soy asesor y consultor inmobiliario...
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