100% pleno dominio de la vivienda

07 Julio, 2016

El 100% del pleno dominio de una finca lo compone el usufructo y la nuda propiedad. Esto quiere decir que teniendo el usufructo y la nuda propiedad de una vivienda, poseo el 100% del pleno dominio de una finca.


¿Que sucede cuando el usufructo lo posee otra persona distinta?
La persona que posea el usufructo de una vivienda puede hacer uso de la misma como mejor le convenga. La puede alquilar y el beneficio sería suyo, aunque no la podría vender, ya que no posee el pleno dominio de la vivienda, al no tener la nuda propiedad.

¿Cómo se valora el usufructo?
El usufructo de una vivienda se extingue al fallecimiento de la persona, y el cálculo para valorarlo es el siguiente:
A partir de  los 89 años de edad de la persona que posea el usufructo,  el valor de éste es el 10% del precio total de la vivienda.
Si la edad es inferior a los 89 años, se calcula viendo la edad  que tiene la persona que posea el usufructo, y a 89, se le resta la edad que se tiene.

Un ejemplo: si tengo 60 años, poseo el usufructo de una vivienda y esa vivienda se vende, tendría el 29% del valor de esa vivienda, al calcular 89-60=29, que sería el % que tendría de esa vivienda.
Espero haberos explicado bien este concepto, ya que es muy útil sobre todo para calcular las cuotas viudales en las herencias, que hablaremos de ello en otro apartado.

¡Hola! Mi nombre Victor Deco de Castro y llevo mas de 25 años en este sector. Soy asesor y consultor inmobiliario...

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