¿En qué consiste la venta con alquiler garantizado en Sevilla?

10 Junio, 2019

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Una de las principales cuestiones que preocupa a los mayores relacionadas con su jubilación y su esperanza de vida es si podrán hacer frente a todos los gastos que les puedan surgir en el futuro, teniendo en cuenta que ya no trabajarán ni estarán en plenas condiciones físicas. Por eso, una fórmula que cuenta con bastante aceptación en los últimos tiempos es la conocida como "venta con alquiler garantizado".  

 

¿Qué es la venta con alquiler garantizado?

Consiste en la venta de una vivienda por parte de su propietario, pero con la particularidad de que puede seguir viviendo en ella en régimen de alquiler el período que estipulen el arrendatario y el comprador, nuevo propietario de la vivienda. De este modo, se puede vender la vivienda, adquirir cierta cantidad de dinero por este acuerdo y continuar viviendo en ella. 

 

¿Sólo las personas mayores pueden optar por esta fórmula?

No, cualquier persona que sea propietaria de una vivienda puede recurrir a ella. No obstante, encuentra más aceptación entre personas de edad avanzada, sobre todo si estas no tienen familiares directos a los que dejar su vivienda en herencia. Eso por parte de los vendedores, pero generalmente para los compradores también resulta más ventajoso negociar este tipo de fórmulas con personas mayores, puesto que su esperanza de vida es menor y los contratos de alquiler que acompañan a la venta con alquiler garantizado suelen ser de larga duración, por lo que la relación contractual será más corta con este perfil que con inquilinos más jóvenes. En cualquier caso no hay una duración estipulada en el contrato y el arrendador puede establecer períodos concreto de 10, 15, 20 años o los que considere. 

Por otro lado, otro aspecto que facilita optar por esta fórmula a las personas jubiladas (mayores de 65 años) es que a partir de dicha edad están exentos de tributar el IRPF por la venta de la vivienda habitual, por lo que se ahorrarían este impuesto en la venta de la vivienda.

  

¿En qué situación quedaría una persona que acuerda la venta con alquiler garantizado en Sevilla?

Tiene que tener claro que ya no sería el propietario de la vivienda, puesto que la ha vendido, si no el arrendatario de la misma. No obstante, independientemente de cuál haya sido la fórmula que le ha llevado a ser arrendatario, gozará de todos los derechos que poseen los arrendatarios al alquilar una vivienda, recogidos en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

 

 ¿Tienes dudas?

En Decopisos te ofreceremos más información al respecto sobre esta fórmula y te mostraremos qué alternativas existen y cuáles son las ventajas para ti de cara a la venta de tu vivienda en Sevilla.  

 

¡Hola! Mi nombre Victor Deco de Castro y llevo mas de 25 años en este sector. Soy asesor y consultor inmobiliario...

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